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LA ORGANIZACIÓN DE LA PROVINCIA
Las casas del Instituto se agrupan formando Provincias religiosas. La creación, la supresión y las modificaciones geográficas de una Provincia dependen del Superior General y de su Consejo.
Cada Provincia está animada y administrada por un Superior Provincial.
El Superior Provincial está asistido por:
- un Consejo Provincial
- un Ecónomo
Los Hermanos ejercen la corresponsabilidad sobre todo a través del Capítulo Provincial.
El Superior Provincial
Es Superior Mayor y tiene autoridad directa sobre los Hermanos y las comunidades de su Provincia.
Es nombrado por el Superior General y su Consejo. Pero este nombramiento va precedido de una consulta a los Hermanos de la Provincia.
Su mandato es de tres años y puede ser renovado una vez. Si lo exigen circunstancias excepcionales, podrá cumplir un tercer mandato consecutivo.
El Consejo Provincial
Lo forman los Hermanos que asisten al Superior Provincial en la animación y gobierno de la Provincia.
Su número no puede ser inferior a cuatro ni superior a ocho. En el caso de la Provincia de España, los Hermanos Consejeros son cinco.
Son elegidos, por votación, entre los profesos de Votos perpetuos. Su mandato es de tres años y pueden ser reelegidos indefinidamente.
El Ecónomo Provincial
Es nombrado por el Superior Provincial y su Consejo.
Su mandato es de tres años y puede ser renovado indefinidamente.
Administra los bienes de la Provincia bajo la autoridad del Superior Provincial. Anualmente, somete el balance de su gestión a la aprobación del Superior Provincial y su Consejo.
El Capítulo Provincial Se compone de: a/ Miembros de derecho:
- El Superior Provincial.
- Los Consejeros Provinciales.
- El Ecónomo Provincial.
b/ Miembros de elección:
- Los que han sido designados como tales por sus Hermanos, según la modalidad establecida por el propio Capítulo Provincial.
El número de miembros de elección debe ser superior al total de los otros miembros.
c/ Miembros invitados (circunstancialmente).
Se reúne, al menos, una vez durante el mandato del Superior Provincial.
Lo convoca y preside el Superior Provincial.
Algunas de sus funciones son:
- Contribuir a la animación espiritual de la Provincia y determinar las alternativas apostólicas.
- Preparar el Capítulo General y promover la realización de sus orientaciones en lo que convenga a la Provincia.
- Determinar la modalidad de consulta para el nombramiento del Superior Provincial y las modalidades de elección de los Consejeros Provinciales, de los Superiores Locales, de los Ecónomos Locales, teniendo en cuenta las exigencias del Código de Derecho Canónico.
- Fijar las modalidades de designación de los miembros de elección para los Capítulos General y Provincial.
- Legislar, dentro de su competencia, sobre todos los puntos previstos por la Regla, especialmente en lo referente a la formación, el compromiso religioso y el ministerio sacerdotal.
- Estudiar todas las cuestiones que le plantea el Superior Provincial con el consentimiento de su Consejo.
Las Comisiones Provinciales
Para dinamizar la aplicación de las orientaciones del 29º Capítulo General, favorecer una mayor participación de todos los Hermanos en la toma de decisiones y dar un reconocimiento institucional a la colaboración de los laicos, el Capítulo Provincial determinó, en enero de 2001, la creación de seis Comisiones Provinciales que se encargaran de estas áreas:
- Vida espiritual y comunitaria,
- Pedagogía
- Pastoral
- Asociados y colaboradores
- Solidaridad
- Comunicación
Las Comisiones están formadas por Hermanos y laicos, excepto la que se ocupa de la vida espiritual y comunitaria.
Al frente de cada una de las Comisiones está uno, al menos, de los Hermanos Consejeros Provinciales.
Cada Comisión organiza su propio ritmo de trabajo.
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